Requisitos para viajar a España desde Colombia (Actualizado)

Un colombiano no necesita visa para viajar a España como turista: puede estar hasta 90 días dentro de cualquier período de 180. Lo que sí le pueden pedir en el mostrador de la aerolínea y en el control de frontera son cinco cosas: pasaporte que cumpla dos condiciones de vigencia, dinero suficiente —122,10 euros por persona y por día, con un mínimo de 1.098,90 euros en 2026—, dónde se va a quedar, el tiquete de salida y algo que justifique el viaje. Desde abril de 2026 ya no le sellan el pasaporte: le toman la foto y las huellas en el sistema EES.

Requisitos para viajar a España desde Colombia

Las condiciones de entrada no las pone España por su cuenta: están en el artículo 6 del Reglamento (UE) 2016/399, el Código de fronteras Schengen, y son las mismas en los 29 países del espacio. El agente de frontera puede pedir los documentos que respalden cada una, y el anexo I del mismo reglamento enumera cuáles.

RequisitoQué se acepta como prueba
PasaporteVigente 3 meses después de la salida prevista y expedido hace menos de 10 años
Recursos económicosEfectivo, cheques de viaje, tarjeta de crédito con extracto bancario
AlojamientoReserva de hotel o carta de invitación tramitada en España
Salida del paísTiquete de regreso a Colombia o a un tercer destino
Motivo del viajeReservas, entradas, matrícula, invitación de empresa o itinerario

Pasaporte válido y vigente

El pasaporte colombiano tiene que cumplir dos condiciones a la vez, y la segunda es la que más gente pasa por alto:

  • Seguir siendo válido como mínimo tres meses después de la fecha prevista de salida del territorio Schengen. Ojo: tres meses después de que se vaya, no de que llegue.
  • Haber sido expedido dentro de los diez años anteriores. Un pasaporte con prórroga o renovado sobre un documento antiguo puede seguir vigente y aun así incumplir esto.

Las dos reglas están en el artículo 6.1.a) del Código de fronteras Schengen. No cumplir cualquiera de ellas es motivo para que la aerolínea le niegue el abordaje en El Dorado, antes de salir de Colombia.

Recursos económicos suficientes

Hay que acreditar dinero suficiente para la estancia y para el regreso. España calcula la cifra con una fórmula fija: el 10 % del salario mínimo interprofesional por persona y por día, con un mínimo del 90 % del salario mínimo por persona, sin importar cuántos días se quede.

El salario mínimo español de 2026 quedó fijado en 1.221 euros al mes (Real Decreto 126/2026, de 18 de febrero), así que las cantidades en vigor son:

  • 122,10 euros por persona y por cada día de estancia prevista.
  • 1.098,90 euros como mínimo por persona, aunque el viaje sea de pocos días.

Un viaje de 15 días para dos personas, por ejemplo, exige acreditar 122,10 × 15 × 2 = 3.663 euros. La cantidad cuenta también por cada menor que viaje a su cargo. Se puede demostrar con efectivo, cheques de viaje, tarjetas de crédito acompañadas del extracto bancario o una libreta de ahorros actualizada: lo que importa es probar que el dinero está disponible, no llevarlo encima en billetes.

Esta cifra sube cada año junto con el salario mínimo español, en enero. Si va a viajar en otro año, multiplique el salario mínimo vigente por 0,10 para el importe diario y por 0,90 para el mínimo, o confírmelo en el consulado.

Reserva de alojamiento

Para un viaje turístico basta la reserva del hotel, el apartamento o el hostal. Si se va a quedar en casa de un familiar o de un amigo, esa persona debe tramitar una carta de invitación ante la Comisaría de Policía del lugar donde reside en España; no sirve una carta hecha en casa.

Conviene tener claro un punto que genera confusión: la carta de invitación acredita el hospedaje, pero no reemplaza los demás requisitos. Quien viaja invitado sigue teniendo que acreditar sus recursos económicos y el tiquete de salida.

Billete de salida de España

Se presenta el tiquete de regreso a Colombia o el que demuestre que sale hacia otro destino donde tenga la entrada garantizada. El anexo I del Código de fronteras Schengen lo llama “billete de vuelta o de circuito turístico”. La fecha de salida debe caber dentro de los 90 días permitidos: si el tiquete de regreso es a los cuatro meses, el problema salta en el mostrador.

Justificativo de los motivos del viaje

El anexo I del reglamento enumera qué sirve según el motivo, y es la lista que usa el agente de frontera:

  • Turismo o visita privada: reserva del alojamiento o carta de invitación, confirmación del viaje organizado o el itinerario previsto, y el tiquete de vuelta.
  • Negocios: invitación de una empresa o autoridad para una reunión o feria, documentos que muestren la relación comercial, o la tarjeta de acceso al congreso.
  • Estudios o formación: documento de matrícula del centro, carné de estudiante o certificados de los cursos.
  • Eventos culturales, deportivos, científicos o religiosos: invitaciones, entradas, reservas o el programa con el nombre del organizador y la duración.

Seguro médico internacional

Conviene aclararlo porque circula mucha información equivocada: el seguro médico no aparece entre las condiciones de entrada del artículo 6 para quien viaja sin visado, como es el caso de los colombianos. Sí es obligatorio para quien tiene que solicitar un visado Schengen.

Dicho eso, llevarlo sigue siendo muy recomendable: la atención médica en España no es gratuita para un turista y una urgencia se paga completa. Si contrata uno, que cubra toda la zona Schengen por un mínimo de 30.000 euros e incluya repatriación médica y por fallecimiento, que es el estándar que exige el propio código de visados.

Cuánto tiempo puede quedarse: la regla de los 90 días

La estancia permitida sin visado es de 90 días dentro de cualquier período de 180 días. La palabra cualquier es la clave: no se cuenta por año calendario ni por viaje, sino mirando hacia atrás. El reglamento lo dice así: hay que tener en cuenta “el período de 180 días que precede a cada día de estancia”.

En la práctica significa que, en cualquier día en que usted esté en Schengen, la suma de los días que pasó allí en los 180 anteriores no puede superar 90. Dos detalles más que el propio artículo 6 precisa:

  • El día de entrada cuenta como primer día y el día de salida como último día. Un viaje de 90 días no se estira a 92.
  • Los 90 días se cuentan en todo el espacio Schengen, no solo en España. Los días en Portugal, Francia o Italia suman al mismo saldo.

Pasarse de los 90 días ya no depende de que alguien revise los sellos: desde 2026 el sistema detecta automáticamente a quien excede la estancia, y eso puede costarle la entrada en un viaje posterior.

EES: el control biométrico que reemplazó al sello del pasaporte

El Sistema de Entradas y Salidas (EES, por sus siglas en inglés) arrancó de forma progresiva el 12 de octubre de 2025 y está plenamente operativo desde el 10 de abril de 2026 en todos los pasos fronterizos exteriores. Sustituye el sellado manual del pasaporte por un registro digital.

Qué cambia para usted cuando aterriza en Madrid o Barcelona:

  • La primera vez le registran imagen facial e impresiones dactilares, junto con el nombre, los datos del pasaporte y la fecha y el lugar de entrada y salida.
  • Ya no le estampan el sello en el pasaporte. El conteo de sus 90 días queda en el sistema.
  • El sistema registra también las denegaciones de entrada y detecta de forma automática a quien se excedió en la estancia.
  • Es normal que el primer cruce demore más, por la toma de datos biométricos. En los siguientes viajes el registro ya existe.

El EES aplica a los nacionales de terceros países —entre ellos Colombia— que viajan por estancias cortas a los 29 países europeos que lo usan. No hay que hacer ningún trámite previo ni pagar nada: todo ocurre en la frontera.

ETIAS o SEIAV: la autorización que todavía no está en marcha

El ETIAS —en español SEIAV, Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes— será una autorización que habrá que pedir antes de viajar, por internet, y que afectará justamente a quienes viajan sin visado: los colombianos entre ellos.

Lo más importante hoy: el ETIAS no está funcionando y no se están recibiendo solicitudes. La Comisión Europea informará la fecha exacta de arranque con varios meses de antelación. Si una página le cobra hoy por tramitarle un ETIAS, es un fraude. Cuando entre en vigor, el trámite se hará en el sitio oficial de la Unión Europea.

Lo que ya está definido en el Reglamento (UE) 2018/1240:

  • La tasa quedó fijada en 20 euros por solicitud.
  • La autorización será válida tres años, o hasta que venza el pasaporte con el que se pidió, lo que ocurra primero.
  • Aplicará a las estancias cortas —los mismos 90 días dentro de 180— en 30 países europeos.
  • Tener el ETIAS no garantiza la entrada: el reglamento dice expresamente que no confiere un derecho de entrada automático. En la frontera le siguen pidiendo lo mismo de siempre.

Procedimiento previo al viaje a España

Pre-registro en la página web de Check-Mig

El CheckMig es el registro migratorio de Migración Colombia y es obligatorio para todo viajero, nacional o extranjero, que entre o salga de Colombia. Se diligencia gratis en el pre-registro de CheckMig de Migración Colombia.

  • Cuándo: desde 72 horas antes del vuelo y hasta una hora antes. Fuera de esa ventana el formulario no lo deja continuar.
  • Dos veces por viaje: uno para la salida de Colombia y otro para el regreso.
  • Si viaja seguido, la opción viajero frecuente le evita volver a llenar el formulario completo.
  • Si ya lo hizo y perdió el comprobante, en la misma página puede consultarlo y descargarlo otra vez.

El sitio ofrece además BIOMIG, el control migratorio automatizado con reconocimiento facial o de iris. Su uso es voluntario: puede hacer el control por las filas normales cuando quiera.

Qué revisar antes de comprar el tiquete

  • La fecha de expedición del pasaporte, no solo la de vencimiento. Si fue expedido hace más de diez años, hay que renovarlo antes de viajar.
  • Que la fecha de regreso quepa dentro de los 90 días, contando desde el día de llegada.
  • Cuánto dinero tiene que acreditar según los días de viaje y cuántas personas van a su cargo, y con qué documento lo va a probar.
  • Si hace escala en otro país Schengen, que el control de entrada se hace en el primer país donde aterrice, no en España.
  • Los documentos del motivo del viaje, impresos. En el control no siempre hay señal para abrir un correo.

Información adicional sobre viajes a España desde Colombia

Más información sobre trámites y documentación

Estas son las fuentes oficiales donde confirmar cualquier dato antes de viajar. Los importes y las fechas cambian, y ninguna web particular —esta incluida— sustituye lo que digan ellas:

También te puede servir para viajar al exterior

Autor: Christian Jiménez | Actualizado el 20 septiembre, 2026

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